los códigos de construcción de la ciudad de Nueva York describen los requisitos para instalar cercas y cobertizos de patio trasero. En casos limitados, se requieren planes de trabajo y permisos.
cercas (que no sean en sitios de construcción)
Las solicitudes de cercas se pueden presentar con un formulario PW1 marcando la casilla 6D e ingresando Cerca No Temp. Sin embargo, según 1 RCNY §101-14, para viviendas de una y dos familias, el Departamento no requiere permisos para cercas de 6 pies o menos de altura y los propietarios pueden instalar sus propias cercas., Las cercas residenciales y comerciales para la privacidad generalmente están hechas de madera, plástico, ladrillo o eslabones de cadena. El código de construcción de NYC generalmente permite una altura máxima de cerca de 10 pies, y la resolución de zonificación de NYC describe límites de altura adicionales:
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distritos residenciales: 6 pies, BC §3112.1
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cercas de patio delantero Residencial: 4 pies, ZR §23-44
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lado residencial del lote de esquina: 6 pies, ZR §23-44
otras ubicaciones, como en parques infantiles, cercas más altas pueden ser permitidas. Consulte el código de construcción de la ciudad de Nueva York y la resolución de zonificación de la ciudad de Nueva York., La Comisión de preservación de hitos históricos debe dar aprobación y / o emitir permisos para trabajar en propiedades marcadas.
en todos los casos, se recomienda que se contrate a un agrimensor con licencia para asegurarse de que la cerca esté dentro de la línea de propiedad. Si un propietario contrata a alguien para instalar una cerca, el propietario debe asegurarse de que el individuo es un contratista de mejoras para el hogar con licencia (hic). El Departamento de Asuntos del consumidor (DCA) emite licencias HIC. Los propietarios pueden verificar si el HIC que tienen la intención de contratar tiene licencia llamando al 311 o visitando la verificación instantánea de licencia de DCA.,
Cercas de construcción
Las Regulaciones para cercas temporales en sitios de construcción se especifican en el código de construcción de la ciudad de Nueva York §3307.7 y las solicitudes deben presentarse en DOB ahora.
cobertizos de patio trasero
los cobertizos de almacenamiento solo se permiten en los patios traseros. Los cobertizos prefabricados y personalizados están regulados de la misma manera bajo la Ley de la ciudad de Nueva York. Es posible que los propietarios no necesiten presentar planes de trabajo al Departamento de edificios o obtener permisos de trabajo para instalar un cobertizo en el patio trasero, a menos que esté a menos de tres pies de la línea de la propiedad., Si es así, los planes de trabajo deben mostrar que el cobertizo está construido con materiales no inflamables y cumple con los requisitos de tamaño.
las reglas de la ciudad de Nueva York §101-14 requieren que los cobertizos del patio trasero cumplan con los siguientes requisitos:
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tamaño: hasta 120 pies cuadrados – no se necesitan permisos. Por encima de 121 pies cuadrados: se requieren planos, aprobación y permisos
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altura: máximo 7 pies 6 pulgadas
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materiales: los cobertizos hechos de materiales inflamables deben estar al menos a 3 pies de la línea de propiedad.
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instalación: los cobertizos no pueden fijarse permanentemente al terreno.,
la Comisión de preservación de Monumentos Históricos debe aprobar y / o emitir permisos para trabajar en propiedades marcadas. Visite la Comisión de preservación de monumentos para obtener más información.
cobertizos del sitio de construcción
Esta información no se aplica a cobertizos o chabolas del sitio de construcción. Vea el Capítulo 33 del código de construcción de la ciudad de Nueva York para estas estructuras y para aprender sobre los cobertizos en las aceras. También puede leer los sitios de construcción invernantes y cobertizos en las aceras.
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