comuníquese con un prisionero

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comuníquese por teléfono

Los Prisioneros solo pueden hacer llamadas y no pueden recibir llamadas. Los presos pueden hacer llamadas a cobro revertido o comprar una tarjeta telefónica usando su cuenta del economato. El acceso a los teléfonos» solo llamadas por cobrar » generalmente está disponible de 7:00 am a 9:30 pm. There may be circumstances affecting prisoner phone availability including: prisoner housing area, prisoner classification and other unforeseen operational issues. Estas circunstancias atenuantes pueden afectar los tiempos de acceso telefónico de los prisioneros., Los teléfonos celulares pueden aceptar llamadas por cobrar configurando una cuenta de teléfono prepagada. Las cuentas telefónicas prepagadas se pueden configurar en http://www.centurylink.com/corrections/SLDOC/index.html o llamando al 1-888-506-8407.

normas y reglamentos telefónicos

A) los reclusos tendrán normalmente acceso a los teléfonos de la zona de alojamiento de 0700 a 2130. Las llamadas telefónicas están limitadas a 15 minutos (30 minutos si se usa una máquina TDD). Los presos no pueden facturar o transferir estas llamadas a un tercero. Cualquier intento de hacerlo puede resultar en la terminación de la llamada.
1. Hay máquinas TDD disponibles para personas con discapacidad auditiva., Las solicitudes de acceso a la máquina pueden presentarse al Oficial de la unidad de vivienda mediante un «formulario de solicitud de reclusos».»
2. Si usa una máquina TDD, debe enviar una lista de los números de teléfono con la solicitud para activar el límite de 30 minutos para la máquina TDD.

(B) las cárceles no harán ni aceptarán llamadas telefónicas para los presos.

C) los reclusos utilizarán los teléfonos de la zona de alojamiento para ponerse en contacto con los abogados y los tribunales.

(D) la cárcel puede monitorear y/o grabar llamadas telefónicas, excepto las realizadas al abogado de un preso.,

E) los reclusos no se pondrán en contacto ni intentarán ponerse en contacto con víctimas o testigos en ninguno de sus casos ni en los casos en que estén involucrados otros reclusos.

(F) está prohibido el Acoso telefónico, incluido el uso repetido, no deseado, amenazante o solícito del teléfono. El Acoso telefónico es un delito y puede resultar en cargos criminales y / o acción disciplinaria.

(G) es un delito ponerse en contacto con cualquier peticionario o persona incluida en una orden de protección o prohibición de contacto.,

(H) cualquier lenguaje excesivamente ruidoso, abusivo, amenazante u obsceno puede resultar en la terminación inmediata de las llamadas telefónicas y puede ser motivo de acción disciplinaria.

I) los reclusos no harán llamadas telefónicas a otros reclusos ni les pedirán que hagan llamadas telefónicas en su nombre. Hacerlo puede resultar en una acción disciplinaria.

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