organizaciones benéficas y sin fines de lucro tipo de Negocio

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Si tiene una organización benéfica o sin fines de lucro, puede calificar para la exención de impuestos. El estado de exención de impuestos significa que su organización no pagará impuestos sobre ciertos ingresos sin fines de lucro.

su organización debe aplicar para obtener el estado de exención de impuestos de nosotros.

Compruebe el estado de su cuenta

Averigüe Si su cuenta con nosotros está activa o suspendida:

  • Carta de Estado de la entidad
  • organizaciones exentas revocadas

proporcionamos información del Estado de la cuenta para las organizaciones exentas actuales., La información del Estado de la cuenta se actualiza mensualmente.

solicite o restablezca su exención de impuestos

Hay 2 maneras de obtener el estado de exención de impuestos en California:

solicitud de exención (formulario 3500)

  1. descargue el formulario
  2. Determine su tipo de exención, complete, imprima y envíe su solicitud

8832).,

presentación de solicitud de exención (formulario 3500A)

Si tiene una carta de determinación federal:

  1. descargue el formulario (si su estado fue revocado, no puede usar este formulario)
  2. Complete, imprima y envíe su solicitud con su carta de determinación federal Exempt Organizations Unit MS F120 Franchise Tax Board
    PO Box 1286
    Rancho Cordova CA 95741-1286

qué sucede después de solicitar

  1. revisaremos su información para verificar si califica., Puede tomar hasta 4 meses procesar
  2. si necesitamos información más detallada, nos pondremos en contacto con usted
  3. Si es aprobado, recibirá una carta de subvención

solicitud urgente

las organizaciones sin fines de lucro pueden calificar para el procesamiento urgente en circunstancias limitadas.,fy para el procesamiento urgente, el personal del centro de llamadas le dará más instrucciones

algunas instrucciones que puede recibir:

  1. Complete la solicitud de exención (FTB 3500) o la presentación de la solicitud de exención (FTB 3500A)
  2. incluya un adicional:
    • $40 si no está suspendido
    • $56 Si está suspendido
  3. pagar cualquier saldo pendiente
  4. archivar la declaración de información con el secretario de estado
  5. si es necesario, archivar con la oficina del Procurador General, registro de fideicomisos caritativos

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