1. Introducción – en la jubilación, un empleado normalmente recibe ciertos beneficios de jubilación. Estas prestaciones están sujetas a impuestos bajo el epígrafe «sueldos» como «beneficios en lugar de sueldos», según lo dispuesto en el artículo 17(3). Sin embargo, con respecto a algunos de ellos, se concede exención de impuestos u/s 10 de la Ley del Impuesto sobre la renta, ya sea total o parcialmente. Estas exenciones se describen a continuación: –
2. Propina (Sec., 10 (10)):
(I) cualquier gratificación por muerte y jubilación recibida por el Gobierno Central y estatal. los empleados, los empleados de la defensa y los empleados de la administración Local estarán exentos.
(ii) cualquier gratificación recibida por las personas cubiertas por la Ley de pago de gratificaciones, 1972, estará exenta sujeta a los siguientes límites:-
(a) por cada año completo de servicio o parte del mismo, la gratificación estará exenta en la medida de quince días de salario basado en la tasa del último salario cobrado por el empleado en cuestión.,
(iii) en el caso de cualquier otro empleado, la propina recibida estará exenta sujeta a los siguientes límites:-
(a) la exención se limitará al salario de medio mes (basado en el promedio de los últimos 10 meses) por cada año completo de servicio
(B) Rs. 10 Lakhs lo que sea menor.
Cuando la gratificación se recibió en uno o más años anteriores también y se permitió cualquier exención para el mismo, entonces la exención que se permitirá durante el año se reduce a la medida de la exención ya permitida, el límite global es Rs. 10 Lakhs.,
según la carta de la Junta F.No. 194/6/73-IT(A-1) de fecha 19.6.73, la exención con respecto a la gratuidad es permisible incluso en casos de terminación del empleo debido a la renuncia. La parte gravable de la propina será de calidad para el alivio u / S 89(1).
El pago de propinas a una viuda u otros herederos legales de cualquier empleado que fallezca en servicio activo estará exento del impuesto sobre la renta(Circular no.573 de 21.8.90).
3. Conmutación de la pensión (artículo 10(10A)):
(i) en el caso de los empleados de Central & State Govt., Las autoridades locales, los servicios de Defensa y las empresas establecidas en virtud de leyes centrales o estatales están exentas de todo el valor conmutado de la pensión.
(ii) en el caso de cualquier otro empleado, si el empleado recibe gratificación, el valor conmutado de 1/3 de la pensión está exento, de lo contrario, el valor conmutado de 1/2 de la pensión está exento.
Los jueces de S. C. & H. C. tendrán derecho a la exención u/s del valor conmutado hasta 1/2 de la pensión (Circular No.623 de 6.1.1992).
4., Pago de licencia (sección 10(10aa)):
(i) el pago de licencia durante el servicio está totalmente sujeto a impuestos en todos los casos, el alivio U/S 89(1) si corresponde puede reclamarse por el mismo.
(ii) cualquier pago en concepto de pago de licencia recibido por Central & Gobierno Estatal. los empleados en el momento de la jubilación con respecto al período de licencia ganada a crédito están totalmente exentos.,III) en el caso de otros empleados, la exención se limitará al menos a lo siguiente: a) el equivalente en efectivo de las vacaciones ganadas no utilizadas(el derecho a las vacaciones ganadas no puede exceder de 30 días por cada año de servicio efectivo) b) el sueldo medio de 10 meses c) el pago de las vacaciones efectivamente recibidas. Esto está sujeto además a un límite de Rs.3,00,000 para jubilaciones después del 02.04.1998.
(iv) el salario de licencia pagado a los herederos legales de un empleado fallecido con respecto a la situación de licencia de privilegio a crédito de dicho empleado en el momento de la muerte no es imponible.,
a los efectos de la sección 10(10AA), el término ‘jubilación o de otro tipo’ abarca la renuncia (CIT Vs. R. V.Shahney 159 ITR 160(Madras).
5. Compensación por reducción de plantilla(Art.10(10B)):
la compensación por reducción de plantilla recibida por un trabajador en virtud de la Ley de Conflictos Laborales de 1947 o cualquier otra ley o reglamento está exenta con sujeción a los siguientes límites:-
(i) compensación calculada a quince días de salario promedio por cada año completo de servicio continuo o parte del mismo en exceso de 6 meses.
6. Compensación por jubilación voluntaria o «GOLDEN HANDSHAKE» (Sec., 10 (10C)):
(i) el pago recibido por un empleado de lo siguiente en el momento de la jubilación voluntaria, o la terminación del servicio está exento en la medida de Rs. 5 Lakh:
(a) empresa del Sector público.
(b) cualquier otra empresa.
C) autoridad establecida en virtud de la ley estatal, Central o Provincial.
(d) autoridad Local.
(e) Sociedades Cooperativas, universidades, IITs e institutos de gestión notificados.
(f) cualquier gobierno estatal o el Gobierno Central.,
(ii) el plan de jubilación voluntaria en virtud del cual se realiza el pago debe enmarcarse de acuerdo con las directrices prescritas en la regla 2BA de las normas del Impuesto sobre la renta. In case of a company other than a public sector company and a co-operative society, such scheme must be approved by the Chief Commissioner/Director General of Income-tax. Sin embargo, dicha aprobación no es necesaria a partir de A. Y. 2001 – 2002 en adelante.
iii) cuando se haya permitido la exención en virtud de la sección anterior para cualquier año de evaluación, no se permitirá ninguna exención en relación con ningún otro año de evaluación., Además, cuando se haya permitido cualquier alivio u/S 89 para cualquier año de evaluación con respecto a cualquier cantidad recibida o por cobrar o jubilación voluntaria o terminación del servicio, no se permitirá ninguna exención bajo esta cláusula para ningún Año de evaluación.
7. Pago de la caja de previsión(Art.10 11), Art. 10 12)):
todo pago recibido de una caja de previsión(es decir, al que se aplica la Ley de la caja de previsión de 1925) está exento. Cualquier pago de cualquier otro fondo de previsión notificado por el Gobierno Central. también está exento., El fondo público de previsión(PPF) establecido en virtud del plan PPF de 1968 ha sido notificado con este fin. Además de lo anterior, el Saldo Acumulado adeudado y pagadero a un empleado que participa en un fondo de previsión reconocido también está exento en la medida prevista en la Regla 8 de la Parte A del cuarto anexo de la Ley del Impuesto sobre la renta.
8. Pago de un fondo de jubilación aprobado(sección 10 (13)):
el pago de un fondo de jubilación aprobado estará exento Siempre que el pago se realice en las circunstancias especificadas en la sección viz. muerte, jubilación e incapacidad.
9., Plan de depósito para empleados jubilados del gobierno o de empresas del SECTOR público:
el artículo 10 15) de la Ley del Impuesto sobre la renta incorpora una serie de inversiones, cuyos intereses están totalmente exentos de impuestos. Estas inversiones pueden considerarse como una de las opciones para invertir varios beneficios recibidos en el momento de la jubilación. Uno de ellos, notificado u/S 10(15)(iv)(i), es el plan de depósito para empleados jubilados del gobierno/empresas del SECTOR público, que es una opción particularmente atractiva para los empleados jubilados del Gobierno. y empresas del Sector público. W. E.f., Año de evaluación 1990-91, los intereses sobre los depósitos realizados en virtud de este plan por un empleado del Gobierno Central/Estatal. de las diversas prestaciones de jubilación recibidas está exenta del Impuesto sobre la renta. Esta exención se amplió posteriormente a los empleados de empresas del Sector público a partir del año de evaluación 1991-92, véase la notificación no 2/19/89-NS-II de fecha 12.12.1990. Las características más destacadas del esquema se discuten a continuación:
- tasa de rendimiento-interés Libre de impuestos @ 9% Pa pagadero semestralmente el 30 de junio y el 31 de diciembre
- límite de inversión – Rs mínimo. 1000., Máximo no superior al total de las prestaciones de jubilación.
- liquidez-el saldo completo se puede retirar después de la expiración de 3 años a partir de la fecha de depósito. El encashment prematuro puede ser, hecho después de un año a partir de la fecha del depósito en cuyo caso el interés sobre la cantidad retirada será pagadero @ 4% a partir de la fecha del depósito a la fecha del retiro.
- Otras consideraciones: solo 1 cuenta se puede abrir en nombre propio o conjuntamente con el cónyuge. La cuenta debe abrirse dentro de los 3 meses de recibir los beneficios de jubilación., El sistema funciona a través de sucursales de SBI y sus filiales y sucursales seleccionadas de bancos nacionalizados.
(Compilado por CA Sandeep Kanoi)
(Reeditado Con Modificaciones)
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